Aquellos legajos iniciados antes del 15 de marzo con documentación completa (Plano General, Plano Sanitario, Planilla de Locales y Computo y Presupuesto) serán liquidados bajo las condiciones establecidas en el decreto vigente. Sin embargo, los legajos que se inicien a partir del 16 de marzo y que no lleguen a finalizarse antes del 31 del mismo mes estarán sujetos al costo correspondiente, calculado según el valor actual de la Unidad Tributaria Municipal (UTM).
Además, se recuerda que los Legajos de Obra a Construir continúan beneficiándose con la eximición de derechos durante todo el período de la actual gestión municipal, tal como lo estipula la Ordenanza Nº12865/2024.