En este caso, la queja de los Dres. Miralla y Vallejos apunta a que “dichas omisiones constituyen un disvalor para cualquier sujeto de derecho” pero aclaran que “es aún mayor el perjuicio para personas privadas de su libertad respecto puntualmente a la falta de tratamiento urgente de solicitudes procesales que pueden mejorar su condición o calidad de vida, como el caso en particular del beneficio de prisiones domiciliarias por motivo de Covid-19” para personas con riesgo de vida.
En el caso de Paraná aclaran que la situación no es igual que en Gualeguaychú “porque los pedidos fueron tramitados por vÃa presencial inicialmente y de modo electrónico a posteriori; a diferencia de Gualeguaychú donde por razones de impedimento reglamentario decretado por los Gobiernos nacional y provincial sobre el traslado fÃsico en rutas de ciudadanos, se efectuó desde el inicio de modo electrónico”, ya que en el mes de abril no se podÃa circular sin autorizacón por rutas entrerrianas ni ingresar a ciudades que no sean las de origen sin la debida excepción.
Asà destacan que los escritos girados al Juzgado de Rossi en mediados de abril y reiterando solicitud de recepción y acuse de recibo a fines de ese mismo mes recibieron respuesta al respecto “recién en fecha 12/05/20" -y que hasta la fecha no ha sido resuelto por sà o por no-, y que además ese único aviso de recepción del escrito fue enviado por el Juzgado con base en "la insistencia de los múltiples y reiterados reclamos telefónicos de los abajo firmantes realizados incluso a otros Juzgados del fuero Civil de la Jurisdicción mencionada y del Ministerio Público Fiscal –de Gualeguaychú-, a fin de que ellos se comuniquen personalmente con los operadores judiciales especÃficos y le hagan llegar nuestro reclamo de respuesta judicial".
"Los teléfonos fijos del Juzgado de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Gualeguaychú publicados en el portal del Poder Judicial nunca fueron respondidos”, destacan luego.
En lo que representa un retardo o negación de Justicia, los letrados afirman que fue “a través de la gestión de buena voluntad de parte de los operadores judiciales extra fuero penal y de la FiscalÃa local, quienes se comunicaron con el Juzgado de Ejecución", que lograron alguna mÃnima respuesta.
A renglón seguido afirman: “Es menester indicar que al no haberse incluido en el Reglamento N 1 de Presentaciones Electrónicas por parte del STJ al fuero Penal de la provincia, esta vÃa de comunicación Institucional de envÃo de mail a los informados en el portal del Poder Judicial, representa hasta la fecha la única forma disponible por los abogados penales para efectuar presentaciones fuera de la jurisdicción a la que pertenezcan, en el marco de esta Emergencia”, por lo que destacan la importancia de los acuses de recibos para la celeridad del trámite o los reclamos pertinentes, aclarando que las presentaciones enviadas a Gualeguaychú, “cumplÃan con el requisito de ser en formato PDF y contenÃan la firma de las partes solicitantes”.
Por último indican que éstas son “situaciones perjudiciales tanto para nuestros representados como para la profesión de la abogacÃa de modo eficiente y plena”, por lo que “nos vemos en la necesidad elevar el reclamo y solicitar la oportuna intervención del Instituto especÃfico del Colegio que nos agrupa para que las evalúe, y en la medida de sus posibilidades actúe en consecuencia, mejorando asà tanto al servicio de justicia en general como al trabajo de nuestros colegas en particular”, concluyen.
Fuente: APF.