El Superior Tribunal de Justicia (STJ) resolvió recomendar a los jueces de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad y Jueces del fuero penal que extremen los recaudos y den trámite preferente a los casos en que los imputados privados de su libertad se encuentren en grupos de riesgo y/o con posibilidades de acceder a beneficios o alternativas al cumplimiento de prisión en establecimiento penitenciario.

Los integrantes del Cuerpo resaltan que sea siempre que se trate de los casos previstos legalmente y que conlleven un egreso definitivo de dichos establecimientos evitando de esa manera la circulación de personas y con ello, el posible contagio del virus COVID- 19.-

La recomendación firmada por el presidente del STJ Martín Carbonell, Susana Medina y Miguel Giorgio fue adoptada luego de que Alejandro Cánepa, Vocal del Tribunal de Juicios y Apelaciones, confirmara el rechazo del habeas corpus en primera instancia dictaminado por el juez de garantías Mauricio Mayer, conforme el procedimiento de consulta establecido en el artículo 35 de la Ley de Procedimientos Constitucionales un caso de habeas corpus presentado por Felipe Rueda y otros en internos de la Unidad Penal Nº1 de Paraná, y elevara las actuaciones a los fines de poner en conocimiento al Superior Tribunal de la situación allí resueltas.

En los considerados de la resolución, el STJ señaló que “el habeas corpus fue entablado por los internos en atención a que muchos de ellos se encontraban pasados en tiempo desde el encuadramiento para el usufructo de regímenes de salidas transitorias y libertades condicionales o asistidas en oportunidad de producirse la suspensión de plazos judiciales en virtud de la pandemia de COVID- 19; y agregaron además a su reclamo la situación respecto de la adopción de medidas de higiene dentro del establecimiento carcelario y de comida”.

Asimismo mismo, los integrantes del Alto Cuerpo entendieron que “lo referido en el marco de las actuaciones administrativas en el contexto de huelga de hambre llevada a cabo en el mes de marzo no puede soslayarse la preocupación de quienes se encuentran privados de su libertad, como el de la sociedad toda, ante la posibilidad de contagio de COVID- 19 y máxime en el panorama de hacinamiento que actualmente se observa en las Unidades Penales”.

Carbonell, Medina y Giorgio entendieron que “así no queda menos que instar a nuestros jueces de ejecución de pena a priorizar los trámites de los internos que se encuentren en condiciones de acceder a los beneficios previstos en la Ley 24660, siempre que se cumplan los requisitos previstos en la misma, pudiendo instar a los equipos técnicos de los organismos como así también a los del servicio penitenciario para dar así completitud al trámite logrando así, y en los casos posibles el egreso de quienes se encuentren en dichas condiciones o auspiciar alguna otra salida alternativa”.

La sugerencia del STJ, es también para los jueces penales de distintas instancias que tengan a su cargo trámites relacionados con personas privadas de su libertad para observar, siempre que el caso lo amerite, la posibilidad de medidas alternativas a la prisión efectiva en establecimientos penitenciarios.

También hicieron hincapié considerar especialmente los casos de los internos que se encuentren en grupo de riesgo a los fines de atender sus dolencias o analizar medidas alternativas a su encierro; todo ello teniendo en cuenta los problemas de superpoblación y hacinamiento en los establecimientos penitenciarios en este especial contexto sanitario.
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