La Justicia confirmó este jueves el embargo por $26 millones dispuesto sobre los bienes del exgobernador Sergio Urribarri. La medida también alcanza al exministro de Comunicación y Cultura y actual diputado provincial Pedro Ángel Báez, y al secretario del bloque de senadores del oficialismo y cuñado de Urribarri, Juan Pablo Aguilera, a quien se sindica como “socio oculto” de las firmas Tep SRL y Next SRL, beneficiarias del direccionamiento de órdenes de publicidad oficial por un valor de $24 millones.

El juez Daniel Julián Antonio Malatesta, integrante del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paraná, adoptó esa decisión y de ese modo rechazó los argumentos de la defensa, y además no hizo lugar a un planteo de excepción de falta de acción, que no había tenido eco favorable ante el juez de Garantías José Eduardo Ruhl, decisión que fue apelada. Los defensores técnicos plantearon que esas órdenes de publicidad fueron aprobadas, sin observaciones, por la Tesorería, la Contaduría y el Tribunal de Cuentas, y que por tanto es “cosa juzgada” y no se puede investigar delito alguno.

La causa en la que Báez y Urribarri -presidente de la Cámara de Diputados, uno; legislador oficialista, el otro- están embargados ya tiene pedido de elevación a juicio por parte del Ministerio Público Fiscal. El jueves 1° de febrero, los fiscales a cargo ahora de la causa penal, Alejandro Cánepa y Patricia Yedro pidieron la elevación a juicio de la causa, y también los embargos. Primero se hizo lugar a los embargos; pero todavía no se convocó a audiencia de remisión a juicio porque antes debían resolverse los planteos de la defensa.

La petición de los fiscales incluyó otros dos elementos relevantes: el pedido de desafuero para los diputados Urribarri y Baéz ; y un adelanto de la solicitud que harán durante el debate en juicio, la pena de 8 años de prisión, de cumplimiento efectivo, más la inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos para Urribarri, Báez y Aguilera.

Los delitos investigados consistieron en el direccionamiento de órdenes de publicidad durante los años 2010 a 2015 por un monto total de $24.204.918,69 a lo largo del gobierno de Urribarri y su ministro Báez “en contrataciones de campañas publicitarias en vía pública a empresas vinculadas a Juan Pablo Aguilera, quien era funcionario público provincial y familiar del exgobernador”, según se desprende de la información oficial que distribuyó el Poder Judicial. Para los fiscales, esas firmas que se adjudican al Cuñado, Tep SRL y Next SRL, “absorbieron la casi totalidad de la publicidad en vía pública del Estado Provincial, la que se otorgaba desde el Ministerio de Comunicación a cargo de Báez de manera directa y por vía de procedimientos de excepción”.

En forma provisoria, los fiscales adelantaron que pedirán ocho años de cárcel para Urribarri, Báez y Aguilera; para Corina Elizabeth Cargnel, Jesús José María Bustamanbte y Hugo Fernando Montañana, seis años de prisión de cumplimiento efectivo; igual pena para Gustavo Rubén Tamay, con la accesoria de la inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos; y cuatro años para Luciana Belén Almada, Emiliano Oscar Giacopuzzi, Alejandro Luis José Almada y Maximiliano Romero Sena.

En esa causa, Urribarri, Báez y Aguilera están embargados, cada uno, en $26 millones.


Confusiones


La audiencia en Tribunales, que se extendió entre las 9 y las 14, estuvo complicada por una serie de malos entendidos y situaciones hilarantes.

De pronto hubo un silencio inexplicable. El juez Malatesta estaba en su estrado, los fiscales Patricia Yedro y Alejandro Cánepa se disponían a escuchar los alegatos de los defensores de los once imputados en la causa que investiga la distribución irregular de publicidad durante la gestión Urribarri/Pedro Báez en beneficio del cuñado Aguilera por un monto de $24 millones, y se esperaba que iniciara la lista de oradores el abogado Raúl Barrandeguy, defensor del ahora presidente de la Cámara de Diputados.

Barrandeguy lo miró por algunos minutos a Malatesta. El juez parecía no lo miraba pero estaba atento. Hubo un silencio eterno, hasta que por fin el defensor de Urribarri, dijo:
-¿Me escucha?

Se lo dijo en un tono inquisidor que molestó al juez.

Barrandeguy ejerce la defensa de Urribarri junto a Candelario Pérez; Marcos Rodríguez Allende representa a Urribarri, pero también a Aguilera y a su esposa, Luciana Almada; Ignacio Díaz defiende a Báez, junto a José Velázquez; Guillermo Vartorelli, a Gustavo Tamay, Emiliano Giacopuzzi y Corina Cargnel; Miguel Cullen, a Alejandro Almada Maximiliano Sena y Corina Cargnel; y Gastón Rosenberg, defensor de Jesús Bustamante.

Barrandeguy primero molestó al juez Malatesta, después cargó contra el juez de Garantías, José Eduardo Ruhl –lo acusó de que dictó una sentencia sin fundamentos, en la que “cortó y pegó”- y también repartió críticas a los fiscales.

Primero, le llamó la atención la celeridad con la que Ruhl resolvió los embargos: “en menos de 24 horas”, entre el 1° y el 2 de febrero.

Reprochó ese embargo, que, dijo, esconde la presunción de que Urribarri se pueda deshacer de sus bienes antes de una eventual condena. El apuro de resolver la situación de Urribarri lo ligó a los cambios políticos. “Sorprendentemente, cambian los mapas institucionales en Entre Ríos a fines del año pasado. Y cambian algunas configuraciones fiscales funcionales. Hasta noviembre de 2016 la investigación penal preparatoria era correcta. De hoy para mañana, deciden pedir el cierre de la investigación penal, y la apertura de la causa a juicio,y un embargo de $26 millones, sin fundar”, apuntó.

El “apuro” también se lo reprochó a Ruhl que, dijo, emitió un dictamen a punto de volar a Europa, a inicios de febrero. “Lo que decimos es que hay que tomar en serio los tribunales. No puede un funcionario que expresa un acreditado soporte técnico, hacer ese tipo cosas. Qué se espera que digamos los defensores, cuando vemos que el doctor Ruhl no tuvo la menor posibilidad de fundar una resolución. No pudo hacerlo”, lanzó el defensor.

Criticó que la resolución de los embargos “no tiene fundamento”. Y habló de que Ruhl lo que hizo fue “cortar y pegar” en relación al fallo que dictó. En ese momento, Malatesta le llamó la atención a Barrandeguy. “No voy a permitir ningún tipo de consideración respecto de personas que no se encuentren presentes, y que lo haga en términos despectivos. Le pido que haga su planteo de forma institucional. No puedo aceptar que diga que un juez cortó y pegó al redactar un fallo”, le enrostró.

Rodríguez Allende, en cambio, ponderó el trabajo de los fiscales Cánepa y Yedro y entendió que la causa está a un paso de ser elevada a juicio oral y público. “No voy a hacer críticas al Ministerio Público Fiscal, porque en honor a la verdad, de la lectura de la pieza procesal en la cual los acusadores piden los distintos embargos e inhibiciones, surge que es una una pieza procesal que a criterio de esta defensa cubriría las exigencias procesales”, planteó.

“El problema no es lo que el Ministerio Público Fiscal en su pedido –aclaró-. El problema es la falta de argumentación del juez de Garantías. Está bien que el Ministerio Público Fiscal haga este trabajo, que la defensa pueda reconocerlo. Pero no puedo decir lo mismo del juez de Garantías”.

“A mi defendida Luciana Almada –planteó-, que es partícipe secundaria, le inhiben los bienes de aquí al juicio, sin una contracautela. Y cuando la absuelvan, quién se hace cargo de los daños y perjuicios eventualmente. La contracautela debe estar determinada por el juez de Garantías y no lo está”.

Rodríguez Allende, al igual que el resto de los defensores, criticó el monto de los embargos. “¿Cuál ha sido la pericia contable. Es un número que a muy pocos pasos del juicio no sabemos. Seguramente la Fiscalía se tomó el trabajo de establecer una suma estimativa. Pero nosotros nos desayunamos el 22 de febrero de que se les aplicó un embargo a todos por igual por $26 millones. Y no se puede aplicar a todos por igual porque hay roles diferentes de acuerdo a la imputación. Hay partícipes primarios y secundarios”, aseveró.

Ignacio Díaz, defensor de Báez, reprochó el hecho de que con el embargo dispuesto a su defendido, “se ha cometido una ilegalidad tremenda en el estado de Derecho”. Dijo que se embargaron bienes de la sociedad conyugal, junto a su esposa, Sofía Riquelme. Le embargaron una casa de calle Cervantes y una quinta ubicada en calle Jozami. “Si embargan todo, se está perjudicando a otro que tiene derechos sobre el bien”, dijo.

El defensor Miguel Cullen cuestionó con enjundia el fallo de Ruhl. “Nadie puede consentir una sentencia que priva del ejercicio de la vida comercial a un sujeto sin ningún tipo de fundamentación”, sostuvo, y aseguró que la petición de embargos y de elevación a juicio de la causa hecha por la Fiscalía “no sólo no estuvo fundada, sino que fue tan confusa que una mereció aclaratoria”.

“El juez dispone la inhibición general de bienes de mis defendidos Alejandro Almada, Emiliano Sena y Corina Cargnel sin ningún tipo de fundamento –planteó-. No hay una sola fundamentación lógica y de derecho que justifique una medida de ese tenor”.

Cullen pidió que se anule la resolución del juez Ruhl, y en caso de accederse a su pedido, anticipó, “hacemos expresa reserva de recurrir a la Corte y además a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, por tratarse de una resolución que causa perjuicio a los derechos constitucionales”

.Gastón Rosenberg, defensor de Jesús Bustamante, se adhirió al pedido de nulidad de los embargos, que consideró “irracionales”. El letrado hizo un cálculo sobre el monto que se embargó a 7 de los 11 imputados, y llegó a la cifra de $186.377.873,92.


Otro cruce

Cuando fue el turno de hablar del Ministerio Público Fiscal, el fiscal Cánepal hizo notar que los defensores habían cuestionado los embargos, pero no dijeron palabra del otro recurso planteado, la excepción por falta de acción, esto es que no hay delitos para investigar porque las contrataciones fueron aprobadas por los organismos de control.

Sorprendidos, los defensores adujeron no haber sido notificados. Barrandeguy fue al extremo de sostener que no había sido notificado de ese otro tema por parte de la Oficina de Gestión de Audiencias (OGA). Ante esa situación insólita, Cánepa pidió un cuarto intermedio para chequear si las notificaciones se habían enviado. Pero Barrandeguy se ofuscó: dijo que el fiscal lo había tratado de mentiroso.

Otra vez intervino el juez. Le llama la atención a Barrandeguy y dispone un cuarto intermedio de veinte minutos que al final fueron de cuarenta.

Ya había pasado mediodía y el juez instó a las partes a optimizar el tiempo.

Las partes fundamentaron por qué entienden que no hay lugar para investigar un delito cuando se trata de contrataciones aprobadas por la Contaduría, la Tesorería y el Tribunal de Cuentas, y que todo lo que aprueba este último organismo debe considerarse como “cosa juzgada”.

Los fiscales Cánepa y Yedro pidieron el rechazo de los dos planteos de los defensores.

Yedro dijo que “la excepción por falta de acción no está tipificado”, y que procede en casos excepcionales. Y sostuvo que resulta “inadmisible” plantear que porque un acto de gobierno ha sido aprobado por la Contaduría y el Tribunal de Cuentas ningún juez puede investigar la posibilidad de un delito.

“No podemos permitir que en un estado democrático el Ministerio Público Fiscal no pueda perseguir hechos que considera ilícitos porque el gasto esté aprobado por la Contaduría y el Tribunal de Cuentas”, afirmó.

Y citó el precedente del reciente fallo de la causa que involucró al exvicegobernador Héctor Alanis y al exvicepresidente primero del Senado, Humberto Re por el desvío de casi 6 millones de dólares. En ese caso, el Tribunal de Cuentas había aprobado las rendiciones, pero aún así fueron juzgados.

Después de cinco horas de debate, el juez Malatesta resolvió rechazar los dos planteos de la defensa, y confirmar las resoluciones del juez Ruhl.

Respecto de los embargos, sostuvo que “estamos en una fase intermedia donde la provisoriedad es la regla. Es una estimación (el monto del embargo, y es lo que corresponde”.

Respecto de la aprobación de cuentas de distintos organismos por parte de la Contaduría y el Tribunal de Cuentas, dijo que son decisiones revisables por la Justicia. “Los fiscales no sólo que pueden investigar, sino que deben hacerlo”, sentenció.

Y citó, a favor de su resolución, el reciente fallo en la causa Alanis/Re.

Fuente: Entre Ríos Ahora
Causa por Corrupción
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