Desde la Jefatura Departamental de Policía confirmaron que se produjeron otras cinco detenciones en el marco en el marco de la violación de los artículos 205 y 239 del Código Penal Argentino, según especifica el decreto presidencial que estableció a partir de las cero horas del viernes 20 de marzo y hasta las 24 horas del 31 de marzo, el aislamiento social preventivo y obligatorio para evitar la propagación del virus COVID-19.

Desde el Juzgado Federal explicitaron que aquel que incumple la medida extraordinaria vigente estará cometiendo un delito. ¿Qué dice el Código Penal? El artículo 205 establece penas de seis meses a dos años de prisión para “el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia”. También se aplicará el artículo 239, que no refiere a temas de salud pública, pero sí a la desobediencia a una norma y prevé penas de quince días a un año de prisión para quien “resistiere o desobedeciere a un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones o a la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquél o en virtud de una obligación legal”.

El total de detenidos hasta el momento es de 31 vecinos, contabilizando los 18 detenidos durante la noche del viernes y la madrugada del sábado, tres menores y cinco por otras contravenciones.

En todas las detenciones, sin excepción, se iniciará la correspondiente causa que computará antecedentes penales para quienes quiebren la ley violando el decreto presidencial que establece el aislamiento social, preventivo y obligatorio en todo el territorio argentino.
Gualeguaychú
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