Desde el organismo se informó que en este marco de derivación se abordaron mayormente causas vinculadas a:
- Delitos de incumplimiento de deberes de asistencia familiar (Alimentos) y régimen de visitas, (20 por ciento)
- Robo y hurtos (20 por ciento)
- Lesiones y Amenazas (35 por ciento)
- Defraudaciones (5 por ciento)
- Otros (5 por ciento)
Como se informara oportunamente, considerando las restricciones por la declaración de Pandemia-COVID 19, desde el área se dispuso la realización de audiencias por canales electrónicos mediante audiencias vía telefónica o Zoom y otras plataformas virtuales.
A partir de las estadísticas se ha observado que durante 2020 hubo un incremento de la conflictividad barrial y familiar, la cual ha sido atendida a través de las herramientas tecnológicas disponibles, efectuando una intervención diferente y directa por las mediadoras o mediadores penales.
La experiencia de realizar entrevistas vía telefónica resultó de suma utilidad, al darle mayor participación a la víctima del delito en la solución del conflicto, propiciando soluciones que satisfacían los intereses producto del daño sufrido. En este caso la solución ya no pasa por una jueza o un juez sino que es la propia interesada o propio interesado, en proponer soluciones según las características del delito sufrido.
Cabe señalar que el proceso de mediación penal es un proceso informal y la comunicación puede realizarse a través de cualquier medio tecnológico, con horarios flexibles, observándose en la mayoría de los casos un entendimiento y respeto de los participantes de buscar nuevas herramientas de solución de conflictos.
Una vez recepcionada la denuncia penal, el Ministerio Público Fiscal deriva el legajo a las Oficinas de Mediación Penal de la Provincia y el abordaje debe ser realizado en forma inmediata.