Para la creación del Hogar de Día, se reivindica “la decisión de ampliar y reconocer derechos que este consejo viene bregando, corresponde invocar la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores donde oportunamente se expresa el “reconociendo que la persona, a medida que envejece, debe seguir disfrutando de una vida plena, independiente y autónoma, con salud, seguridad, integración y participación activa en las esferas económica, social, cultural y política de sus sociedades”.
También en su Artículo 7 se habla del “Derecho a la independencia y a la autonomía" que significa que "la persona mayor tenga acceso progresivamente a una variedad de servicios de asistencia domiciliaria, residencial y otros servicios de apoyo de la comunidad, incluida la asistencia personal que sea necesaria para facilitar su existencia y su inclusión en la comunidad, y para evitar su aislamiento o separación de ésta”.
Posteriormente el convenio será elevado al Concejo Deliberante para su ratificación.