En este marco se definió que “por los primeros 15 días se podrá movilizar hacienda de campo no vacunado a campo no vacunado”.
“Se eximirá de la revacunación de la2º dosis en los terneros, pudiendo ser movilizados primovacunados con cualquier destino”.
Por último, se definió que “La salida de animales con destino a faena inmediata será sin restricciones durante todo el periodo de vacunación”.