El proyecto denominado “Fauna silvestre autóctona de la provincia de Entre Ríos”, ingresó el miércoles pasado en la Cámara de Senadores la iniciativa que pretende reemplazar la vigente Ley provincial de Caza 4.841, un cuerpo legal fue elaborado en 1969, durante la gestión del brigadier Ricardo Favre, designado gobernador por la dictadura militar de 1966.

La iniciativa fue girada para su análisis a la Comisión de Ambiente y Desarrollo Sustentable del Senado, que preside el senador Jorge Maradey (PJ-Creer / Gualeguaychú).

La nueva arquitectura legal pretende establecer un régimen para la protección, recuperación, repoblación y reintroducción de la fauna silvestre autóctona de la provincia de Entre Ríos. Entre los fundamentos se indicó que “la protección de la fauna silvestre autóctona es fundamental para la preservación del ambiente y la biodiversidad en nuestro planeta, ya que es parte de los ecosistemas naturales y desempeña un papel crucial en la cadena alimenticia y en la regulación del clima”.

Asimismo, se consideró que “durante siglos la fauna entrerriana fue depredada y desplazada de su hábitat por el ser humano, siendo muchas especies diezmadas y otras lamentablemente desaparecidas en nuestro territorio; afectándose así seriamente los ecosistemas naturales y su importante labor al servicio del ambiente común”.

Y que “varios de los animales autóctonos de nuestra provincia se encuentran amenazados y con riesgo de extinción debido a la pérdida de su hábitat por el desmonte, la degradación de los ecosistemas, la contaminación, el avance de las actividades agropecuarias, la extensión de los ejidos urbanos, la caza y la pesca indiscriminada, el tráfico ilegal, la fauna exótica y el cambio climático”.
Cuerpo legal
El proyecto de Ley de Fauna cuenta con un articulado tentativo de 106 puntos, además de tres anexos con las especificaciones de fauna autóctona, especies declaradas monumentos naturales de Entre Ríos y su distribución.

También una extensa fundamentación del “Régimen para la protección, recuperación, repoblación y reintroducción”. Entre las distintas temáticas estratégicas que considera el proyecto de ley se destacan los siguientes aspectos relevantes:

* Elaboración de una nómina oficial de animales autóctonos de la provincia, clasificación según su estado de conservación y monitoreo regular de los mismos.

* Pautas de protección para los animales silvestres autóctonos tales como: prohibición de la caza, el mascotismo, el cautiverio y el comercio.

* Pautas para la protección del hábitat, a fin de prevenir desmontes y contaminación.

* Promoción de la educación ambiental y la concientización de la población para el cuidado y valoración de nuestra fauna autóctona.

* Implementación de “pasos de fauna” y de una red participativa para el registro y atención de la problemática de animales silvestres atropellados en las rutas.

* Incorporación de nuevas especies a la nómina de animales declarados Monumentos Naturales de Entre Ríos.

* Prohibición de la introducción y crianza de cualquier especie exótica.

* La Secretaría de Ambiente de Entre Ríos será la autoridad de aplicación de la nueva Ley.

* Conformación de un Equipo Científico-Técnico.

* Creación de la Brigada de Fauna Silvestre, cuerpo especializado para llevar adelante las tareas de prevención y fiscalización en el marco de la nueva ley.

* Creación del Centro de Fauna de la Provincia de Entre Ríos (CeFaER), que entre sus objetivos tendrá: brindar refugio, atención veterinaria, cuarentena, y rehabilitación física y comportamental, a los animales silvestres lesionados o en riesgo; la educación ambiental, la investigación científica y el estudio de las especies.

* Establecimiento de un sistema integral de atención, rescate, recuperación y, reintroducción al hábitat de animales silvestres autóctonos, como así también para atender y disponer el destino de la fauna exótica secuestrada o rescatada. Con un protocolo de actuación para todos los casos y canales ágiles de comunicación para la recepción de denuncias, asesoramiento, educación y consultas de los ciudadanos.

* Habilitación de Centros de Rescate y Atención Primaria de Fauna Silvestre, que tendrán por objetivos la atención transitoria de la fauna rescatada, y la recuperación de la misma hasta el traslado al CeFaER y/o regreso a su hábitat natural.

* Nueva regulación de la caza. En dicho marco, la misma solamente podrá autorizarse para el control de animales silvestres considerados como fauna exótica invasora, en base a dictamen científico y sujeta a los programas oficiales para atender esa problemática.

* El organismo de aplicación del actual régimen pesquero deberá atender las recomendaciones de Ambiente provincial para establecer vedas y acciones de protección respecto de especies de la fauna acuática. Se insta al Poder Ejecutivo a la elaboración de un nuevo régimen.

* Se faculta al Poder Ejecutivo para adoptar medidas de incentivo para los productores agropecuarios de la provincia y las comunidades locales, a fin de prevenir los conflictos con animales silvestres, y de promover las actividades económicas sostenibles, y el ecoturismo, en armonía con la protección de la fauna autóctona y los ecosistemas.

* Fomento del desarrollo de proyectos de carácter estatal o privado, tendientes a la repoblación y translocación de fauna silvestre, así como de reintroducción de especies de fauna autóctona en peligro o desaparecidas en el territorio provincial.

* Marco institucional de colaboración y coordinación a los fines de esta ley entre las áreas naturales protegidas de la provincia, las reservas municipales y comunales, y los parques nacionales.

* Sanciones más onerosas para los infractores.

* Creación de un fondo específico para cubrir los gastos derivados de la nueva ley.

Fuente: Era Verde/Análisis
Medio Ambiente
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