También, el colegio promoverá y estimulará la investigación y desarrollo de tecnologías aplicadas a las actividades físicas y de deportes, incluyendo becas y premios.
Otro lado, la Ley determina que toda entidad que desarrolle actividades de educación física, deportivas o recreativas en cualquier modalidad de enseñanza, “deberá contar con la dirección y supervisión técnica de un profesor de educación física debidamente matriculado ante el Colegio”.
Podrán solicitar la matriculación al Colegio de Profesionales de Educación Física: los profesionales; quienes acrediten antecedentes laborales en el ejercicio de las funciones de las profesiones o especialidades determinadas, con una antigüedad mínima de cinco años consecutivos en establecimientos educativos de reconocimiento estatal o entidad civil legalmente inscripta.
Fuente: AIM.