"Da mucha bronca que le sigan dando ayuda a la empresa destructora del Parque Unzué, el humedal y afanancia del río Gualeguaychú. Pero uno se calma cuando sabe quién es quién. El Superior Tribunal por tercera vez ha fallado en favor de los poderosos ricos, contra la gente. Y tienen el apoyo de los legisladores y del Ejecutivo. Una provincia cada vez más decadente", sentenció Majul.
La definición del STJER
El mayor órgano judicial de la Provincia resolvió este martes dar lugar "al recurso extraordinario federal para ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación de fs. 1221/1256vta. que rechazó los recursos de apelación interpuestos por las partes demandadas confirmando la sentencia de la primigenia instancia y, en consecuencia, hizo lugar a la acción colectiva de amparo ambiental promovida por Julio Jesús MAJUL contra la Municipalidad de Pueblo General Belgrano, la empresa "Altos de Unzué S.A.", y el Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos obligándolos en forma solidaria a recomponer el daño ambiental producido en el término de ciento ochenta (180) días".De esta manera, tanto la empresa Altos de Unzué S.A. -propietaria del emprendimiento inmobiliario Amarras de Gualeguaychú-, junto a la Municipalidad de Pueblo General Belgrano, fueron habilitados para avanzar en la última instancia posible para recusar la resolución que establece el desmantelamiento del complejo habitacional. En ese marco deberán "remitir los obrados a la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación de conformidad a lo establecido en el artículo 257 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación".