El mismo contempla la presencialidad en un 50 por ciento del personal, el resto continuará prestando servicio por teletrabajo.

Todos los actos procesales deberán realizarse de manera telemática (audiencias, entrevistas y otros), salvo que ello resulte de imposible cumplimiento. En tal caso, podrán realizarse actos presenciales, siempre que los mismos no superen un máximo de 10 personas. Se garantiza la prestación del servicio de Justicia. 
 
Las mismas consisten en: 
- Retomar la asistencia presencial con un aforo máximo del 50 por ciento por organismo, durante el turno mañana (7 a 13 horas) y hasta tres agentes durante el turno tarde (14 a 20 horas) -de manera opcional-, manteniendo el teletrabajo para el resto del personal. 

- El personal de maestranza deberá reincorporarse a sus tareas y horarios habituales, garantizando la desinfección diaria en ambos turnos, en su caso.  

- La Mesa de Información Permanente tendrá atención presencial desde las 6 hasta las 24. 

- Las áreas que requieran presencialidad de manera exclusiva (intendencia, oficina de notificaciones, y demás) a ampliar el personal de manera presencial, según la necesidad del servicio.  

- Todos los actos procesales deberán realizarse de manera telemática (audiencias, entrevistas y otros), salvo que ello resulte de imposible cumplimiento. En tal caso, podrán realizarse actos presenciales, siempre que los mismos no superen un máximo de 10 personas.  

- Se deberá restringir el acceso de personas ajenas al Poder Judicial a los edificios de Tribunales, respetando el sistema de turnos, audiencias programadas u otras citaciones. 

- Se deberá reiterar los protocolos sanitarios aprobados; realizar rondas médicas semanales; y encomendar a las autoridades de cada organismo el control activo del cumplimiento de los mismos y utilización de elementos de bioseguridad.  

- Se suspenderán las audiencias programadas del fuero penal que prevean la presencialidad de más de 10 personas; y se celebrarán de manera telemática aquellas que puedan efectuarse de ese modo.  

- Los juicios por jurados programados, quedarán suspendidos durante el lapso alcanzado por esta medida. 
 
Las disposiciones del STJ, fueron adoptadas visto el Decreto Provincial 1417/2021 y el Decreto Nacional Nº 381/2021; y  la situación epidemiológica por la que transita Entre Ríos.
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