La Uner dispuso la cesantía de un profesor de la Licenciatura en Enfermería que insultó, agravió y amenazó a otros docentes; pero un tribunal advirtió que las normas impiden dictar sanciones administrativas mientras haya un asunto penal pendiente.

Se podría decir que la ira llevada al límite trae consigo salvajes consecuencias.

De una situación de explosión emocional se trata esta historia. Un relato salvaje protagonizado por un iracundo profesor universitario que descarga toda su ira contra otros a los que insulta y amenaza:

–A mí no me van a cagar el concurso; no tengo problemas en ir en cana, pero voy a disfrutar cuando las vea muertas, hijas de puta, a mí no me van a cagar; te voy a matar a vos y a tu hijo –le vomitó a una compañera, llevándose el dedo a la sien, a la vez que lanzaba insultos e improperios en la sala de reuniones de la facultad.

No hubo quien pudiera calmar al irascible profesor de la Licenciatura en Enfermería que se dicta en la Facultad de Ciencias de la Salud de la UNER:
–Ustedes me quieren cagar, a mí no me importa nada, yo no tengo nada que perder; si pierdo este concurso, los mato –volvió a decirles, apuntando ahora contra otra docente.

A otros compañeros los tildó de “cobardes”, “amebas” y “sinvergüenzas”.

Aunque después pidió disculpas, el arranque de furia le valió al profesor una denuncia penal por amenazas coactivas –está procesado y ha solicitado la suspensión del juicio a prueba– y un juicio académico. Ambas instancias corren por carriles independientes, aunque no paralelos.

El hombre dijo en su descargo ante el tribunal universitario que se trató de una discusión, que lo suyo fue, apenas, “un exabrupto en un momento de mucha bronca” y que su diatriba violenta “no fue dirigida a nadie en particular sino en general”. Quienes presenciaron el episodio lo contradicen.

El tribunal universitario le impuso, en un primer momento, una sanción de suspensión de treinta días; pero el Consejo Directivo de la facultad se apartó de ese dictamen al considerar que “la inconducta ha sido de suma gravedad, que impide la continuación de la relación docente en la Facultad de Ciencias de la Salud” e invocó tres razones para disponer la cesantía: que el docente ejerció violencia de género, “la envergadura académica del ámbito donde se produjeron los hechos” –una reunión de comisión dentro de la facultad– y “los daños y conmoción sufridos por las denunciantes”.

La conclusión fue que la conducta del docente “no se ha ajustado a la ética universitaria exigible a los profesores” y la sanción de cesantía decretada por la facultad fue ratificada por el Consejo Superior de la universidad, mediante la Resolución Número 153/16.

Las amenazas, gestos intimidatorios y demás expresiones agraviantes son concluyentes respecto de “gravedad de la inconducta que no permite la continuidad de la relación docente del imputado”, concluyó el Consejo Superior de la UNER.

El profesor apeló su cesantía y llevó el caso a la justicia federal, por considerar que la sanción que le impuso la universidad es “ilegítima y arbitraria, por excesiva y desproporcionada”; y pidió además que se ordene su reposición en los cargos docentes titulares e interinos que ocupaba al momento del escandaloso episodio, más el pago de los salarios caídos.

La Cámara Federal de Apelaciones no le dio la razón al profesor, pero sí dijo que las normas impiden el dictado de una sentencia definitiva hasta tanto se resuelva la acción penal, es decir, la universidad no podría haber cesanteado al docente mientras no se resuelva la causa penal por amenazas.

En conclusión, el tribunal de apelaciones suspendió el dictado de la sentencia respecto de si corresponde o no la cesantía del profesor hasta tanto haya una resolución en la causa por amenazas que está para resolver en el Tribunal Oral Federal de Concepción del Uruguay.

Fuente: Página Judicial.
Entre Ríos
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