El proyecto establece un "cupo laboral trans" para el Sector Público de la Municipalidad de Gualeguaychú, sus organismos descentralizados, las empresas subsidiadas por el Estado Municipal y las privadas concesionarias de servicios públicos.
Justamente, los privados -que sean proveedores estatales- "estarán obligados a ocupar personas travestis, transexuales y transgénero en una proporción no inferior al 1,5 por ciento de la totalidad de su personal, ya sea en planta permanente, transitoria y/o personal contratado", hayan o no accedido al cambio registral establecido en la ley N° 26.743.
Además, se establecerían reservas de puestos de trabajo a ser ocupados exclusivamente por personas travestis, transexuales y transgénero, de acuerdo con las modalidades que fije la reglamentación.
El proyecto considera que los compromisos asumidos por el Estado con los Derechos Humanos de las personas y en particular respecto a la igualdad, no discriminación, al acceso al trabajo y a un nivel de vida adecuado.
Se sostuvo que los Estados deben “asegurar que los programas estatales para personas de bajos ingresos, sin hogar o sin empleo sean accesibles a las personas LGBTTTIQ+”.
El proyecto también crea el RUAT (Registro Único voluntario de Aspirantes Trans) en el ámbito del Municipio para personas travestis, transexuales y transgénero que aspiran a obtener un empleo con el objeto de facilitar su incorporación laboral.
Dicho registro contendrá datos personales, el nombre autopercibido, las aptitudes y preferencias laborales de las personas aspirantes, además, de los certificados de estudios realizados, antecedentes laborales y demás cursos y capacitaciones realizadas, en concordancia con lo que solicita la Dirección de Personal municipal.
Se garantizaría la privacidad de la documentación presentada en el RUAT y la observancia del secreto estadístico.