Sólo estarán habilitadas para operar de diciembre a marzo y deberán hacerlo a través de inmobiliarias matriculadas. La acción busca sostener el ordenamiento del destino y asegurar al visitante una estadía placentera.

La Dirección de Turismo de Pueblo General Belgrano informó la apertura del Registro de Casas de Alquiler Turístico en el marco normativo de la Ordenanza N° 043/2012 que regula la prestación del servicio de alojamiento.

“Aquellos titulares de inmuebles que pretendan destinarlos al alquiler temporario, deberán cumplir con determinadas condiciones para ofrecerlos al turista: instalaciones adecuadas, matafuegos, seguro de responsabilidad civil”, precisaron desde la dependencia municipal y ahondaron: “El propósito es cuidar la imagen del destino y asegurar una estadía confortable al visitante que elija nuestro pueblo”.

Pueblo Belgrano cuenta actualmente con 89 alojamientos habilitados a nivel municipal, lo que hace un total de 1957 plazas. Pero 66 de esos establecimientos han sido categorizados y homologados por la Secretaría de Turismo de Entre Ríos.

No obstante, en temporada, suele surgir la iniciativa de particulares de poner sus casas al servicio de los turistas. Para evitar la competencia desleal y respaldar a los prestadores del servicio de alojamiento turístico que cumplen con la normativa vigente, el Municipio intensificará el control de la oferta.

El primer paso será el registro de aquellos que manifiesten intenciones de alquilar sus viviendas a turistas y que deberán hacerlo a través de inmobiliarias matriculadas, además de pasar por una inspección de Seguridad e Higiene.

El plazo de inscripción se extenderá hasta el 13 de diciembre y habilitará a los inscriptos a trabajar durante la temporada de verano 2019/2020.

Cumplido el plazo, la Dirección de Control Urbano iniciará operativos de constatación destinados a desactivar la oferta de alojamientos no registrados. Las infracciones serán sancionadas con multa y clausura.

Plazos: - Inscripción: hasta el viernes 13 de Diciembre de 2019 y - Vigencia: Temporada Diciembre 2019 – Marzo 2020.

Documentación solicitada: - DNI del titular; - Certificación de Matafuego; - Seguro de Responsabilidad Civil; - Constancia de Administración o Contrato con Inmobiliaria y - Declaración Jurada completa y sellada.
Temporada 2020 Turismo
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