A través de la Resolución 369/2021, el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) estableció la creación de un Sistema Nacional de Trazabilidad de Productos Fitosanitarios que busca identificar a los productos y actores de la cadena.

Este sistema es de aplicación obligatoria en todo el país. De acuerdo a la medida, la trazabilidad de los envases de agroquímicos será “de aplicación obligatoria en todo el territorio” nacional, y deberán llevarla a cabo ”todas las personas humanas o jurídicas que importen, exporten, sinteticen, formulen, fraccionen, distribuyan, comercialicen, depositen y/o ejerzan la tenencia, con cualquier fin, de productos fitosanitarios”.

Según el organismo “resulta necesario modificar el actual sistema único de trazabilidad, estableciendo un sistema específico para los productos fitosanitarios, que sea administrado por la unidad organizativa competente”.

“A los efectos de una adecuada gestión de los envases vacíos de fitosanitarios, resulta necesaria la integración de los sistemas para realizar un seguimiento completo de los envases en el circuito comercial, incorporándose a los usuarios finales e integrándolos con los sistemas de gestión y trazabilidad de envases vacíos de las autoridades ambientales provinciales y nacionales», agregó.

La resolución establece que es optativa el alta en el sistema para el usuario final. “No está obligado a darse de alta en el sistema. Su participación en el mismo es optativa», explicó el documento. Este sistema entra en vigencia a los 70 días corridos desde su publicación en el Boletín Oficial.
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