Es para aquellos que han visto afectada su capacidad de pago, provocando que muchos de ellos incurran en mora o atraso del cumplimiento de sus obligaciones tributarias.
Con este nuevo régimen, aprobado por el Concejo Deliberante a través de la Ordenanza Nº 1424/21, podrás regularizar la situación de la Tasa General Inmobiliaria, Tasa de Obras Sanitarias, Tasa por Inspección Sanitaria, Higiene, Profilaxis y Seguridad, Contribución por Mejoras, Fondo de Promoción y Asistencia de la Comunidad y Turismo.
También Fondo de Defensa Civil, Fondo para Medidores y Reductores de Agua, Utilización de Locales Ubicados en Lugares Destinados a Uso Público, Uso de Equipos e Instalaciones, Derechos de Ocupación de la Vía Pública, Derechos del Cementerio Municipal, Derecho de Edificación, Trabajo por Cuenta de Particulares, Tasa de Factibilidad de Localización y/o Habilitación de Antenas de Comunicación y sus Estructuras Portantes – Derechos de Inscripción, Tasa por Inspección de Antenas de Comunicación y/o sus Estructuras Portantes – Tasa por Verificación, Deudas de Planes de Pago u cuotas por adjudicación de viviendas sociales, mejoras, terrenos o lotes, aportes reintegrables y similares.
Quedan comprendidos también los tributos incluidos en anteriores planes de pago estén o no caducos.