El mismo, exime del pago de la Tasa por Inspección Sanitaria, Higiene, Profilaxis y Seguridad, correspondiente a los períodos de mayo y junio del presente año, para aquellas actividades comerciales y servicios que han sufrido cierres temporarios o restricciones de funcionamiento.
Además prevé, para aquellas actividades comerciales y servicios incluidos en el “rubro no determinado” durante el período mayo – junio del 2021, la eliminación de la aplicación del monto mínimo establecido por la Ordenanza Impositiva Anual Nº 1349/2020 y que hayan realizado facturación en dicho período.
Finalmente, se deberá hacer la presentación de las correspondientes declaraciones juradas del período antes mencionado en los plazos y formas establecidos en la normativa vigente.
En este sentido el vicepresidente Municipal Jorge Riehme destacó: “Sabemos que muchos rubros comerciales están atravesando un momento muy difícil por el enorme impacto que provocó esta pandemia. Y desde el Estado no podemos, ni queremos, permanecer indiferentes. Por eso, dispusimos una serie de medidas para acompañar a esos sectores más afectados con políticas concretas, como lo hicimos desde el inicio de la pandemia y como lo seguiremos haciendo”.