La Junta Electoral Municipal hizo lugar a la impugnación (a la de los otros, no la mía, por un detalle técnico). El fallo está extraordinariamente bien fundado: Davico no puede ser candidato porque no cumple las condiciones básicas que la ley exige para ello.
Tendría que haber vivido en Gualeguaychú, no en Pueblo Belgrano, los últimos 4 años, y np haber sido Intendente hasta hace dos minutos de la ciudad vecina.
Quien piense que apelé para hacerle un favor al piaggismo, o cosas por el estilo, está delirando. Impugné porque -como dijo el fallo, luego- Davico no puede ser candidato.
Y si la Junta de Juntos por Entre Ríos lo había aceptado, es un problema interno, de no saber leer la Constitución y la ley. O de presiones de radicales y de Rogelio Frigerio, más seguro.
En cuanto a la postura de 'Juani' Weimberg y otros, es tan absurda que no vale la pena perder un minuto en contestarla. Me ofende que duden de la ecuanimidad de Héctor Vassallo, con 25 años en el Poder Judicial".