Fallo Hist脙鲁rico

El fallo contra Amarras marca un hito en la defensa de los bienes naturales

La Corte Suprema fall贸 contra el barrio Amarras por la protecci贸n de los humedales.

Desde la fundaci贸n ambientalista se calific贸 como “fundamental” y “hist贸rico” al fallo de la Corte Suprema que dej贸 sin efecto una sentencia del Superior Tribunal de la Justicia de Entre R铆os “por arbitrario y por no advertir la gravedad institucional de la cuesti贸n ambiental y la necesidad de proteger los humedales”.

“El caso Amarras marca un hito en la defensa de los bienes naturales”, se remarc贸.

“Es importante la postura que asume la Corte en este contexto pol铆tico, en relaci贸n a la protecci贸n de los humedales porque mientras esto ocurre, desde el Congreso de la Naci贸n y desde la Secretar铆a de Ambiente, hay una reticencia a avanzar en la protecci贸n de los humedales y poner freno a la actividad inmobiliaria y productiva descontrolada”, destac贸 Valeria Enderle, directora ejecutiva de la Fundaci贸n Cauce (Cultura Ambiental Causa Ecologista).

“Es un fallo fundamental porque pone nuevamente en foco este principio ‘in dubio pro aqua’ que claramente determina que ante la duda de autorizar o no un determinado proyecto inmobiliario o productivo, es prioritario cuidar y defender los bienes naturales”, remarc贸 adem谩s. Se trata de dos principios novedosos de pol铆tica ambiental, que promueven la precauci贸n y la prevenci贸n a favor de los recursos naturales y del agua.

Por su parte, el abogado de Cauce, Jorge Daneri, expres贸: “A trav茅s de los aportes de la Comuna de Gualeguaych煤 y de los vecinos, se comprueba que todas las obras fueron desarroll谩ndose sin los estudios de impacto ambiental, pero adem谩s hay que destacar que es un fallo que pone en valor a la ley provincial 9.718 que declar贸 谩rea natural protegida a los humedales del R铆o Uruguay desde el departamento Uruguay hasta su confluencia con el Paran谩”.

Adem谩s subray贸: “Es un enorme llamado de atenci贸n a la responsabilidad institucional de la construcci贸n de las pol铆ticas p煤blicas particularmente de mega infraestructura e inversiones privadas que no analizan ecosistemas y que creen que los Estudios de Impacto Ambiental (EIA) son una mera formalidad”.
El caso
Promovido por un grupo de vecinos afectados, el caso Amarras tuvo por objeto inicial la prevenci贸n y cese de un emprendimiento inmobiliario (Barrio N谩utico Amarras de Gualeguaych煤), que comprende una fracci贸n de terreno de 445 lotes, y un proyecto de construcci贸n de 200 unidades departamentales y un hotel de 150 habitaciones, lindero al “Parque Unzu茅”, en la margen del r铆o Gualeguaych煤, perteneciente al Municipio de Pueblo General Belgrano, justo enfrente a la Ciudad de Gualeguaych煤.

La empresa “Altos de Unzu茅 SA”, emprendedor inmobiliario, con antelaci贸n a la declaraci贸n de impacto ambiental, realiz贸 trabajos de magnitud en el predio, como movimientos de suelo, constatados por la Secretaria de Ambiente de la Provincia.

En su oportunidad el Superior Tribunal de Justicia de Entre R铆os rechaz贸 la demanda por cuestiones formales y lo que ahora hizo la Corte Suprema de Justicia de la Naci贸n fue revocar el fallo de la justicia de Entre R铆os, por considerar arbitraria la sentencia recurrida y omitir considerar el derecho a vivir en un ambiente sano (art. 41 de la Constituci贸n Nacional y art. 22 de la Constituci贸n Provincial).

Adem谩s, se帽ala el fallo, que el Estado garantiza la aplicaci贸n de los principios de sustentabilidad, precauci贸n, prevenci贸n, utilizaci贸n racional, de equidad intergeneracional, progresividad y responsabilidad (art. 83 Constituci贸n de la Provincia).

Fuente: APFDigital

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