"El presidente en feria del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos (STJER), Bernardo Salduna, negó que la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) haya recriminado o formulado un llamado de atención al Alto Cuerpo entrerriano al hacer lugar a una acción de amparo impulsada a raíz de un emprendimiento inmobiliario en el departamento Gualeguaychú", informaron desde Prensa Institucional del mayor órgano judicial entrerriano.

Según Salduna, en su fallo de la semana pasada, "el máximo tribunal de la Nación plasmó una discrepancia respecto de la vía idónea para efectuar un reclamo ambiental: mientras la Corte consideró válida la acción de amparo, el STJER opinó que debía agotarse la instancia administrativa para dar paso después a un procedimiento en el fuero Contencioso Administrativo".

"La solución del caso estaba dada por la continuidad de la tramitación contencioso administrativa, ya que cuando llegó el expediente de amparo estaba compuesto por seis cajas de documentación", señaló el magistrado en declaraciones formuladas ayer al programa "En el 2000 también", que se emite por FM Litoral.

Salduna recordó que a pocos días de su asunción "el gobernador Gustavo Bordet firmó el decreto 258/15 GOB, por el cual ordenó suspender los trabajos en el barrio náutico Amarras, proyectado en Pueblo Belgrano, hasta tanto se hiciera un nuevo estudio de impacto ambiental".

"Había informes de impacto ambiental en un sentido y en otro, pedidos de nuevas pericias, ofrecimiento de declaración de un testigo, pedidos de informe a una oficina pública, y todo eso, de acuerdo a nuestra ley, teníamos que resolverlo en un plazo perentorio de cinco días, lo cual es imposible", detalló Salduna.

A su entender, "la Corte dijo que el camino es el amparo, pero ocurre que lo hizo tres años y medio después, a través de una sentencia que manda a dictar un nuevo pronunciamiento, por lo que en definitiva la cuestión deberá resolverla el Superior Tribunal de Justicia con una composición diferente".

Salduna también aludió a la enseñanza que dejó la controversia: "Lo único que queda como saldo positivo de esto, el mensaje docente del fallo, es que hay que cuidar el medio ambiente y hay que cuidar los humedales".
Los nuevos principios impuestos por la CSJN para la protección ambiental
El pasado 11 de julio la Corte Suprema de Justicia de la Nación falló a favor del reclamo de los vecinos que exigen el desmantelamiento de Amarras.

Según señaló el innovador fallo de la CSJN, el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos no consideró que la provincia "la provincia tiene a su cargo la gestión y el uso sustentable de las cuencas hídricas" y "los sistemas de humedales que se declaran libres de construcción de obras de infraestructura a gran escala que puedan interrumpir o degradar la libertad de sus aguas y el desarrollo natural de sus ecosistemas asociados" (art. 85 de la Constitución de la Provincia de Entre Ríos). Asimismo, destacó la jurisprudencia de la propia CSJN que sostiene que "la cuenca hídrica es una unidad, y un sistema integral", como así también que "los humedales cumplen una función vital en materia de control de crecidas e inundaciones, protección de tormentas, recargas de acuíferos y retención de sedimentos y agentes contaminantes; destacó, además, que los humedales cubren sólo el 2,6% de la tierra, registrándose actualmente una pérdida global de los mismos debido a la actividad antrópica del 54%.

En este aspecto, el máximo organismo judicial de la nación, instó a la aplicación de los principios de política ambiental conocidos, como así también y en especial, el principio precautorio que tiene jerarquía constitucional en Entre Ríos. Pero además, puso en relieve dos principios novedosos: "Especialmente el principio In Dubio Pro Agua, consistente con el principio In Dubio Pro Natura, que en caso de incerteza, establece que las controversias ambientales y de agua 'deberán ser resueltas en los tribunales, y las leyes de aplicación interpretadas del modo más favorable a la protección y preservación de los recursos de agua y ecosistemas conexos (UICN. Octavo Foro Mundial del Agua. Brasilia Declaration of Judges on Water Justice. Brasilia, 21 de marzo de 2018).
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