En un auto interlocutorio, el magistrado también anima a la Municipalidad de Victoria y al Gobierno de Entre Ríos a que lleven adelante “todas las acciones tendientes a ejercer el poder de policía ambiental previsto en las Constituciones Nacional y Provincial” y demás normativas para preservar el humedal.

Por otro lado, el juez Martín solicita a la concesionaria vial Caminos del Río Uruguay SA que “con carácter de urgente, adopte las medidas necesarias para preservar la traza vial en atención a la crisis hidrométrica”, así como al Ejército Argentino a que “lleven adelante un control respecto de los apoyos y estribos de los puentes ubicados entre los km 39 y 44 de la Ruta Nacional 174”.

En una decisión que trascendió esta semana, el juez Federal Federico Ángel Martin, emitió un escrito previo a una sentencia en el caso donde interviene por la amenaza sobre la estabilidad del enlace Victoria – Rosario. El magistrado comenzó a actuar ante la presentación del intendente de Victoria, Domingo Maiocco, donde advirtió del peligro latente que existe por un enorme terraplén que impide el natural escurrimiento de las aguas en el humedal.

Esta situación fue revelada por el presidente municipal en una nota presentada el pasado 7 de noviembre, donde apunta al endicamiento construido por el ganadero Martín Esteban Stenner en el kilómetro 43-44 de la ruta nacional 147. Se trata de un murallón que se extiende por un total de unos 23 kilómetros de largo y que desde hace más de una década viene incumpliendo las resoluciones administrativas del gobierno de Entre Ríos que lo obliga a demoler. El jefe comunal, asesorado por un técnico de Hidráulica, pone en conocimiento de esta complejidad al juez, indicando que todo se ve agravado por la creciente del río Paraná, y por lo cual los pilotes del puente se ven amenazados.

El juez Martín actuó con premura y el 9 de noviembre ordenó que en 24 horas Stenner cumpla con algo que ya había establecido el Ejecutivo provincial del 16 de noviembre de 2022 mediante la resolución Nº 3.067 de la Secretaría de Ambiente. En esta medida administrativa se dictaminaba abrir el paso a las aguas que impiden los terraplenes del hacendado construidos en las Islas del Pillo, y que desde hace 10 años se reclama demuela. Esa resolución nunca se hizo cumplir. Martin también llamó a una audiencia informativa de partes, y entre tanto comenzaron las tareas de maquinaria pesada para horadar el terraplén.
Responsabilidades
Tras escuchar los actores intervinientes, el magistrado Federal de Victoria expide el auto interlocutorio, en donde se conocieron una serie de decisiones en función del incidente promovido por el Ejecutivo comunal de Victoria.

El juez Martín apunta centralmente a que la Municipalidad y las dependencias responsables del Ejecutivo entrerriano ejerzan las facultades que les otorgan la reglamentación de la Ley N° 10.671 de 2019 que declara a los Humedales e Islas de Victoria como área natural protegida bajo la modalidad de manejo de Reserva de Usos Múltiples, y donde precisamente se ubica el endicamiento cuestionado. Asimismo, apunta a la Municipalidad a que también haga cumplir las ordenanzas vigentes en donde adhiere a este marco normativo y que la facultan en tal sentido al monitoreo y preservación.

Además, Martín rechazó el “recurso de reposición impetrado” por el representante legal del hacendado demandando, aunque resuelve no hacer efectivo el apercibimiento dispuesto “en atención al plan de obras sugerido por personal de Hidráulica y ejecutado voluntariamente por el propietario del predio” tendiente a derribar el murallón.

Por otra parte, el juez libró un oficio a la Secretaría de Ambiente para que se expida con carácter de urgente respecto a un pedido de autorización de obra presentado por Martín Esteban Stenner para proteger sus vacas. En esa solicitud, el abogado de ganadero señala que pidieron autorización para la “reparación de los alteos del sector que protege el área de Corrales y Puesto Principal” del campo de modo de subir la cota “para resguardar la hacienda en el caso de que se produzca la creciente”.

En el punto 4, Martín dispone que “el control de la ejecución de la obra sea supervisado en lo sucesivo por personal de la Dirección General de Hidráulica de la Provincia de Entre Ríos, que deberá constituirse en el lugar de la obra a fin de evaluar su avance, debiéndose informar la finalización como así también cualquier anomalía y o retraso. Ello deberá anoticiarse en forma inmediata a este Juzgado con el objeto de tomar las medidas conducentes en tiempo y forma para le ejecución de la misma”, advierte.

Asimismo, “a efectos de preservar el ambiente”, exhorta a “los Gobiernos Provincial y Municipal a que efectúen todas las acciones tendientes a ejercer el poder de policía ambiental previsto en las Constituciones Nacional y Provincial, Ley General del Ambiente”, entre otros decretos, legislación y jurisprudencia.

El magistrado también extiende una comunicación a “la concesionaria vial Caminos del Río Uruguay SA, a efectos de que, con carácter de urgente, adopte las medidas necesarias para preservar la traza vial en atención a la crisis hidrométrica, y asimismo informe si se han realizado las tareas de mantenimiento acordes a la situación hidrometeorológica puesta en conocimiento”, precisa.

En tanto en el punto 7, Martín hace saber “a las asociaciones ambientalistas actoras la obra propuesta y parcialmente ejecutada, como así también la reparación solicitada por Stenner, a los fines que estimen pertinentes”.

Finalmente, en el último ítem, el juez Federal explica que “en función de lo informado por el Jefe del Batallón de Ingenieros Blindado 2 del Ejército” se “ofíciese a la Dirección General de Ingenieros e Infraestructura del Ejército Argentino a los fines de que lleven adelante un control respecto de los apoyos y estribos de los puentes ubicados entre los km 39 y 44 de la Ruta Nacional 174”.

Fuente: ERA Verde
Victoria
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