Por medio de la Resolución 1383/2024 publicada hoy en el Boletín Oficial, se dispuso la obligatoriedad del uso del SIGVET para todas las operaciones de importación y exportación de productos veterinarios en la República Argentina. De esta manera, las personas humanas y jurídicas que realicen esta actividad deberán cargar los datos de sus productos a través del nuevo sistema, en conformidad con las normativas vigentes.
La implementación de este nuevo sistema resulta necesaria para asegurar -a través del uso de nuevas herramientas informáticas- procedimientos administrativos más agiles y transparentes, así como también el control y la trazabilidad de los productos veterinarios que ingresan o egresan del país.
La nueva normativa fija un plazo de 30 días desde su entrada en vigencia -a partir del día de la fecha- para que las personas y empresas titulares de productos veterinarios ajusten sus procedimientos de importación y exportación al uso del sistema SIGVET.